A- de 2024
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Federacion Nacional De Cafeteros·Demandado Asesores En Derecho Sas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias contractuales y extracontractuales con entidades públicas del sector financiero, siempre que la actividad corresponda al giro ordinario de sus negocios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Quince Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia la ocasiona una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia como administradora del Fondo Nacional del Café, en contra de la Fiduciaria la Previsora S.A. como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo “Panflota” y Asesores en Derecho S.A.S., en su condición de mandataria con representación de la Fiduprevisora, con el fin de que se declare la nulidad de unas Resoluciones expedidas por el representante legal de Asesores en Derecho S.A.S, mediante las cuales se reconoció y ordenó el pago de las mesadas pensionales de un ciudadano.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a lo previsto en Autos 685 de 2022, 762 de 2022 y 809 de 2022, por lo que resuelve, en reiteración de la regla de decisión allí contenida que, conforme con el artículo 105 de la Ley 1437 de 2011 y los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 15 del Código General del Proceso, le corresponde a la Jurisdicción Ordinaria el conocimiento de las controversias judiciales que se deriven de los contratos celebrados por las entidades públicas que tengan el carácter de entidades financieras, cuando los mismos se enmarcan en el giro ordinario de sus negocios.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Quince Laboral del Circuito de Bogotá para que proceda con lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Quince Laboral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Quince Laboral del Circuito de Bogotá el conocimiento de la demanda interpuesta por la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia como administradora del Fondo Nacional del Café, en contra de la Fiduprevisora S.A., en su calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo "Panflota" y Asesores en Derecho S.A.S.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5846 al Juzgado Quince Laboral del Circuito de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a la otra autoridad judicial en conflicto, a los sujetos procesales y partes interesadas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.